Nuestra Escola está reconocida en la Comisión Mixta AEP/Escuelas de Psicodrama por la AEP, pero una vez obtenido el Título de Psicodramatista que otorga ESCAT, deben adscribirse a la AEP, por lo que publicamos los criterios mínimos exigidos por la misma.
Los Licenciados en Medicina y Psicología deben obtener asimismo el DIPLOMA de PSICOTERAPEUTAS, otorgado por la Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas (FEAP), y deben solicitarlo expresamente presentando su Título en la Licenciatura correspodiente.
Es muy URGENTE que TODAS las psicodramatistas egresadas de ESCAT y las profesoras del STAFF que no lo hayan hecho, entreguen toda esta documentación a Patricia Boixet ó a Ernesto Fonseca, conjuntamente con una solicitud dirigida a la Presidenta actual de la AEP Lic. Mercedes LAZAUN antes del 15 de Mayo, para entregar dicha solicitud en la XXIII Reunión de la AEP a celebrarse en Granada, del 23 al 25 de Mayo de 2008 (www.23aepsicodrama.com).
1- TITULACIÓN Titulación de rango universitario para el acceso a la formación. Preferentemente Licenciatura en Psicología y en Medicina y Cirugía. Todos aquellos profesionales que no hayan cursado las materias del perfil de las especialidades en Psicología Clínica y/o Psiquiatría habrán de cursar un conjunto de materias propias de la Salud mental, que están definidas por la FEAP. 2- FORMACIÓN Un mínimo de tres años a tiempo parcial en el periodo de post-grado universitario, dedicados a la formación teórica, clínica y experiencial en Psicoterapia, a través de cursos y seminarios con un mínimo total de 600 horas. Se recomienda que la mitad de la formación sea teórica/técnica (300 horas) y la mitad de tratamiento personal (de las cuales al menos 200 horas serán de psicoterapia de grupo). Incluirá si no ha formado parte de la formación universitaria de acceso- al menos 50 horas de conocimientos fundamentales de las diferentes modalidades y orientaciones de la Psicoterapia en general. 3- PRACTICA PROFESIONAL Un mínimo de dos años de práctica profesional en entornos públicos ó privados (éstos debidamente acreditados por las Asociaciones) de Salud Mental como Psicoterapeuta de Grupo, en los cuales el Psicoterapeuta en formación pueda tener experiencia directa de la clínica psicopatológica y el trabajo grupal, permitiéndose tomar contacto directo con las diferentes formas de manifestaciones de los trastornos mentales, y los distintos profesionales que intervienen en la salud mental, así como diversos modos de intervención grupal (atención primaria, secundaria y terciaria). 4- SUPERVISIÓN La supervisión de la práctica profesional habrá de realizarse por supervisores docentes acreditados por las Asociaciones de la Sección de Psicoterapia de Grupo.
5 - FORMACIÓN PERSONAL Cualquier formación incluirá un programa que asegure que todas las personas en formación puedan identificar y manejar adecuadamente su implicación personal y contribuciones al proceso de la Psicoterapia y al manejo de los procesos grupales desde la experiencia de pertenencia a un grupo, cuyos minimos se encuentran establecidos en el punto 2. Se remite a los apartados 2, 3 y 5 de los criterios mínimos.
